La Comisión de Economía del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad el dictamen de ley que modifica la ley del Impuesto a la Renta (IR) en cuanto a la enajenación directa e indirecta de acciones representativas de capital.
Como sucede en Chile, la idea es gravar con IR solo las operaciones de relevancia fiscal y de fuente peruana y además designar al agente de retención al comprador domiciliado, con lo cual se retira la responsabilidad solidaria de la empresa domiciliada emisora de las acciones.
Según la normativa, se especificará el costo computable de la compra y venta de acciones, la alícuota aplicable a los dividendos y otras formas de distribución de utilidades. Además se tomará en cuenta el costo computable de las acciones o participaciones de personas jurídicas no domiciliadas adquiridas hasta el 15 de febrero de este año. (El Comercio)
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